Título de viaje para refugiados que quieren salir de España

Título de Viaje salir de españa sin pasaporte

El Título de Viaje suele ser solicitado por refugiados y se le conoce también como Documento de Viaje de la Convención de Ginebra o de Protección Subsidiaria.

Cuando a una persona se le concede la condición de refugiado o protección subsidiaria en España, el Ministerio del Interior retiene su pasaporte original y se le otorga un Título de Viaje.

El documento tiene una validez de 5 años y se puede obtener pagando una tasa en bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito.

En este artículo tratamos:

Tipos de Títulos de Viaje en España

En este artículo de damos información completa sobre el título de viaje para refugiados, cómo obtenerlo y en qué consiste y la documentación que expide el Estado español para permitir la identificación y el viaje a personas que no tienen la nacionalidad de dicho país.

Este documento de viaje puede ser utilizado como un pasaporte nacional, pero no afecta la nacionalidad del titular.

Hay tres tipos de documentos de viaje: para refugiados, para protección subsidiaria y para apátridas. :

  1. Título de viaje de la Convención de Ginebra de 1951 para refugiados.
  2. Título de Viaje de Protección Subsidiaria.
  3. Título de viaje de la Convención sobre el Estatuto de Apátrida.

Qué es y para que sirve el Título de Viaje

Este título de viaje que expiden las autoridades españolas que permite viajar y sustituye al pasaporte original, pero no otorga los mismos derechos que un pasaporte español, como sería la entrada sin visa en terceros países que así lo exigieran.

Este documento no tiene la misma validez que por ejemplo, un pasaporte español.

Donde se solicita el Título de Viaje

Este un procedimiento común en muchos trámites relacionados con la inmigración y el asilo.

Para obtener el documento, el beneficiario debe presentarse personalmente en las unidades expedidoras autorizadas con su documento de identidad, la resolución de concesión del estatuto o derecho correspondiente, fotografías en color y el rostro descubierto.

La documentación se presenta en las unidades expedidoras autorizadas. El procedimiento se inicia a solicitud del interesado y es gestionado por las unidades autorizadas del Ministerio del Interior.

La normativa aplicable incluye la Convención de Ginebra para los Refugiados, la Ley Orgánica 4/2000 sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España, la Ley 12/2009 reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, entre otras.

Se realiza mediante comparecencia personal del solicitante en las unidades que tengan disponible la tramitación de este trámite.

  1. Sección de Protección Internacional (refugiados, protección subsidiaria y apátridas) en la OAR en Madrid: Esta sección se encarga de los asuntos relacionados con la protección internacional, incluyendo solicitudes de asilo y reconocimiento como refugiado o apátrida. La OAR (Oficina de Asilo y Refugio) es la entidad encargada de estos trámites en España.
  2. Unidades provinciales de extranjería (Oficinas de Extranjeros): Estas unidades se encuentran en cada provincia y se encargan de los trámites relacionados con la inmigración, como permisos de residencia y trabajo.
  3. Unidades locales autorizadas: Son las Comisarías de Policía que tienen la autorización para manejar ciertos trámites de extranjería. La disponibilidad y competencia de estas unidades pueden variar según la localidad.
  4. Unidades de extranjería adscritas a las oficinas de extranjeros: Son las Oficinas de Documentación. Estas unidades están especializadas en trámites relacionados con extranjeros y están vinculadas a las oficinas de extranjeros en diferentes localidades.

La comparecencia personal en estas unidades suele ser necesaria para verificar la identidad del solicitante, presentar documentación y, en algunos casos, realizar entrevistas.

Documentación necesaria

La documentación que se requiere en este trámite de expedición de Título de Viaje en España son:

  1. Documento de Identidad: Este puede ser el documento que se haya expedido al titular en su condición de refugiado.
  2. Resolución de Concesión del Estatuto o del Derecho Correspondiente: En caso de no tener en ese momento el documento de identidad, se puede presentar la resolución que concede el estatuto de refugiado, protección subsidiaria o apátrida.
  3. Fotografías en Color, Tamaño Carné: Se requieren fotografías recientes en color, con un tamaño estándar de carné (generalmente 32 x 26 mm), con fondo claro y el rostro descubierto. Estas fotografías se utilizan para la identificación y para la expedición de documentos oficiales.
  4. Justificante de Pago Tasa Modelo 790 Código 012: Este es un formulario específico utilizado en España para el pago de tasas relacionadas con trámites administrativos. El Código 012 se refiere a la tasa por la expedición de tarjetas de identidad y certificados de residente o no residente y otros tantos trámites. El justificante de pago de esta tasa es necesario para completar el trámite.
tasa 790 012 titulo de viaje

La tasa 790-012 dispone de varios trámites por tipología, debiendo seleccionar en nuestro caso TÍTULO DE VIAJE.

El importe te la tasa te lo indicará automáticamente, que en 2023 es de 27,08 euros, te indicamos aquí como puedes pagarla.

Título de Viaje cita previa

Para este trámite se ha de pedir cita previa en el Portal de la Sede Electrónica para citas de extranjería.

Debes seleccionar la provincia donde te encuentres empadronado y luego la oficina, seleccionando POLICÍA - TÍTULOS DE VIAJE si está disponible.

Título de Viaje cita previa

También puedes filtrar por trámite y te saldrán las citas disponibles en la provincia.

Puede que la oficina realice el trámite y no lo tenga disponible para cita previa. Puedes informarte en la oficina y consultarlo.

Pasos solicitud título de Viaje

Los apátridas en España pueden solicitar un documento de identidad presentando los siguientes documentos:

  1. Solicitud Formal: En la Oficina de Asilo y Refugio o Comisaría a través de cita previa si se requiere.
  2. Documentación Requerida: Tres fotografías recientes y la resolución que reconoce la condición de apátrida.
  3. Tasas: Pago de las tasas correspondientes.

Diferencias entre Título de viaje, Cédula de Inscripción y Autorización de regreso

  1. El título de viaje es un documento que se expide a los extranjeros que no disponen de pasaporte o documento equivalente y necesitan viajar fuera de España. El título de viaje habilita a los extranjeros documentados mediante cédula de inscripción a salir del territorio español y con destino a los países que se especifiquen y regresar al territorio español.
  2. La cédula de inscripción es un documento que se puede solicitar cuando el extranjero que llega a España no dispone de pasaporte o el mismo ha caducado sin posibilidad de renovarlo en España.
  3. La autorización de regreso es un documento que se expide al extranjero cuya autorización de residencia o de estancia se encuentre en periodo de renovación o prórroga. Le permite la salida de España y posterior retorno al territorio nacional dentro de un plazo de 90 días

Documentos y requisitos para solicitar el Título de Viaje

En la Web Oficial de Policía Nacional, tienes información respecto al Documento de Identidad para Apátridas:

Documento de viaje para refugiado, protección subsidiaria y apátrida

Los apátridas en España pueden solicitar un documento de identidad presentando los siguientes documentos:

  1. Solicitud Formal: En la Oficina de Asilo y Refugio.
  2. Documentación Requerida: Tres fotografías recientes y la resolución que reconoce la condición de apátrida.
  3. Tasas: Pago de las tasas correspondientes.
documento de viaje para refugiados
Documento de viaje para refugiado, protección subsidiaria y apátrida

Las personas bajo protección subsidiaria también pueden solicitar un documento de identidad. Los requisitos son similares a los de los refugiados, con la diferencia de que se debe presentar la resolución que concede la protección subsidiaria.

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  1. Nelson dice:

    Parece que ahora hasta los refugiados tienen más opciones de viaje que yo! 😅

    1. No hay que tener perspectiva tan egoísta. En lugar de sentir envidia, podrías alegrarte de que los refugiados finalmente tengan la oportunidad de escapar de la violencia y la opresión. Todos merecen opciones de viaje seguras y dignas, pienso yo.

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