Solicitar Arraigo Laboral con Tarjeta Roja Asilo

Solicitar arraigo laboral con tarjeta roja de asilo

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Una de las principales inquietudes que surgen en el ámbito de la extranjería es la relación entre la Tarjeta Roja y el Arraigo Laboral.

La Tarjeta Roja es una autorización provisional que se otorga a quienes solicitan protección internacional en España. Esta tarjeta permite a su titular residir y trabajar en España mientras se resuelve su solicitud de asilo.

Por otra parte, el Arraigo Laboral ha tomado relevancia como una figura central en el ámbito de la Extranjería en España con las Sentencias del Tribunal Supremo que reconfiguraron su naturaleza y las circunstancias bajo las cuales se puede acceder a este permiso.

En este artículo tratamos:

Solicitar con Tarjeta Roja el Arraigo Laboral sin renunciar al Asilo

Con la reforma del reglamento de extranjería que entró en vigor el 16 de agosto de 2022, no es posible tramitar el arraigo laboral mientras se tenga la Tarjeta Roja, por lo que habría que renunciar al Asilo.

articulo 124 reglamento extranjeria autorizacion residencia por razones de arraigo

El artículo 124 del reglamento especificaba que para solicitar el arraigo laboral, es necesario encontrarse en situación de irregularidad. Los titulares de la Tarjeta Roja no encontrándose en tal situación, ya que cuentan con una autorización provisional y legalmente en España y por tanto no pueden acceder simultáneamente al arraigo laboral.

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Reforma del Reglamento de Extranjería y el Arraigo Laboral

La reforma del Reglamento de Extranjería ha sido un punto de inflexión en la configuración del Arraigo Laboral. El artículo 124, tras su redacción, establece:

"Se podrá conceder una autorización de residencia por razones de arraigo laboral, social, familiar o para la formación cuando se cumplan determinados requisitos."

Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

En el caso que nos encontremos en unas situación irregular porque nos deniegan el Asilo y el procedimiento ha finalizado, entonces si se podría solicitar el Arraigo Laboral

Cuáles son los requisitos para el arraigo laboral

Encontrándonos en situación irregular y cumpliendo con los requisitos, que en el caso del arraigo laboral, incluirán:

  1. Una permanencia continuada en España de al menos dos años.
  2. Ausencia de antecedentes penales.
  3. Demostración de relaciones laborales de no menos de seis meses.

Por tanto, contando con un periodo mínimo de residencia de dos años con o sin permiso de trabajo, en el caso que el empleador no le haya dado de alta en la Seguridad Social y se formule la correspondiente denuncia, pero se tienes más de seis meses trabajando sin contrato y sin alta, se podrá solicitar el Arraigo Laboral.

Con estos cambios, impulsados por las sentencias del Tribunal Supremo y la reforma del Reglamento de Extranjería, han redefinido las condiciones y requisitos para acceder a este tipo de permiso.

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Implicaciones de la Tarjeta Roja en el Arraigo Laboral

La Tarjeta Roja es un documento otorgado a quienes están en proceso de solicitud de Protección Internacional.

Esta tarjeta permite residir y trabajar en España de manera provisional, sin embargo poseer una Tarjeta Roja significa que el individuo no se encuentra en situación irregular en España.

Por lo tanto, no es posible solicitar el Arraigo Laboral con esta tarjeta.

Los diferentes tipos de Arraigo en España

En España existen otros diferentes tipos de arraigo, cada uno con sus particularidades:

  • Arraigo Social: Este tipo de arraigo se centra en la integración del individuo en la sociedad española. A diferencia del arraigo laboral, es posible tramitar el arraigo social incluso si se posee la Tarjeta Roja.
  • Arraigo Laboral: Como hemos visto en el caso de este arraigo, es necesario que en la situación del solicitante es encontrarse en situación de irregularidad para poder solicitarlo.
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  • Arraigo Familiar: Este arraigo se otorga a aquellos extranjeros que tienen familiares en España. No se especifica ninguna restricción en relación con la Tarjeta Roja y por tanto también se puede solicitar.
  • Arraigo para la Formación: Este tipo de arraigo está dirigido a quienes desean continuar sus estudios en España. Al igual que con el arraigo familiar, no hay restricciones específicas relacionadas con la Tarjeta Roja.

El panorama actual del Arraigo Laboral

Dada la nueva configuración del Arraigo Laboral, es esencial entender que solo se puede tramitar este permiso si se ya se tiene la denegación de la solicitud de Asilo o Protección Internacional.

Esto significa que aquellos con una Tarjeta Roja deben esperar una resolución negativa de su solicitud de protección internacional para poder acceder al Arraigo Laboral.

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