Modificación autorización por estudios a cuenta ajena

Modificación autorización por estudios a cuenta ajena

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España se caracteriza por ser un buen destino para poder ampliar o comenzar con una formación, vamos por ello a explicar las diferentes formas que tenemos para cambiar una estancia por estudios a una Autorización de Residencia en España.

Vamos a explicar las distintas formas de modificar una estancia por estudios a una autorización de residencia en España, así como también menciona la nueva reforma del reglamento de extranjería y las novedades que ha traído en este tema.

En este artículo tratamos:

Qué es el cambio de permiso de estudiante a cuenta ajena

Uno de los cambios de residencia más utilizados hasta el momento, es la modificación de una estancia por estudios a una Autorización de Residencia y Trabajo por cuenta Ajena o propia.

Este procedimiento de modificación viene recogido en el artículo 199 del Reglamento de extranjería.

artiiculo 199 Reglamento Extranjeri modificacion de residencia por estudios
Click para leer artículo 199 sobre la modificación de Residencia por Estudios

Gracias a la gran disponibilidad de Universidades, Centros de Estudios y Formación Profesional, son muchos extranjeros que vienen a nuestro país para formarse y estudiar en España tramitando para ello la correspondiente Autorización de Estancia por Estudios.

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Modificar permiso de estudios a residencia por cuenta ajena

Hay distintas formas de modificar una estancia por estudios a una autorización de residencia, no hablaremos de todas, pero si las más usuales de aquellos que se encuentran en situación de estancia por estudios y pueden modificar esta tarjeta de residencia.

Es importante contemplar las novedades que con respecto a esta residencia y de los distintos procesos que pueden encajar en tu supuesto para poder cambiar tu tarjeta estudiante a una de residencia.

Formas de modificación autorización por estudios a cuenta ajena

De las distintas formas de modificar la estancia de estudiantes a la residencia, hay tres fundamentales:

  1. La modificación establecida en el artículo 199 del reglamento de extranjería.
  2. La residencia para la búsqueda de empleo.
  3. La residencia para prácticas.

Sin bien como hemos comentado, hay más opciones, como en los casos en que el extranjero se ha casado con un ciudadano español, puede invertir en comprar una vivienda de más de 500 mil euros (Por Inversión), o si ha recibido una oferta laboral como profesional altamente cualificado.

Modificación autorización por estudios a cuenta ajena o cuenta propia

El primer supuesto que menciona es el artículo 199 del reglamento de extranjería. Antes de la reforma era poco recurrido, ya que exigía que los extranjeros llevaran tres años de forma continuada como estudiantes para poder acceder a la modificación.

Ahora con la reforma del reglamento de extranjería se eliminó ese requisito de plazo como estudiante para poder acceder a la modificación.

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Ahora, el artículo 199 permite que, una vez que el extranjero ha superado sus estudios, la formación, las prácticas para las que vino a España, en los 60 días anteriores o los 90 días posteriores al vencimiento de su autorización de estancia por estudios, puede solicitar un cambio a residencia por cuenta ajena o residencia por cuenta propia.

Para la residencia por cuenta ajena, se necesita una oferta laboral de un año de duración que garantice el salario mínimo interprofesional. Para la residencia por cuenta propia, se necesita justificar que tiene la capacidad económica para poner en marcha una actividad empresarial o profesional por su cuenta.

Residencia para la búsqueda de empleo

Esta opción está limitada a extranjeros que han finalizado estudios de grado, máster y doctorado oficiales válidos en Europa, que corresponden a los grados 6, 7 u 8 del marco europeo de cualificaciones.

Para solicitar esta residencia, el extranjero debe acreditar la finalización de los estudios y disponer de medios económicos para mantenerse durante el próximo año a razón del 100% del IPREM (ahora se exige el 50%), así como un seguro médico. Esta autorización de residencia dura un año y no permite trabajar, pero durante ese año el extranjero puede buscar trabajo y luego hacer una modificación a una autorización de residencia de trabajo.

Residencia para prácticas profesionales

El tercer supuesto que menciona es la residencia para prácticas profesionales, que también fue incluido en la ley de emprendedores en el año 2018 (que en 2023 entré en vigor la Ley Ley 28/2022, de 21 de diciembre por la que se actualizaba).

Esta opción permite al extranjero cambiar de estancia por estudios a residencia de dos formas:

  1. A través de un contrato.
  2. A través de un convenio.
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Si el extranjero ha finalizado los estudios de grado superior en los últimos dos años, puede hacerlo con un contrato.

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Para estas prácticas profesionales en que los estudiantes de grado superior han finalizado sus estudios hace menos de dos años o están cursando los a través de un contrato o un convenio con una entidad que oferta en la que pueden hacer prácticas en esa entidad.

Si no ha finalizado los estudios de grado superior, puede hacerlo a través de un convenio con una empresa o cualquier otra entidad. Esta residencia para prácticas puede durar hasta un máximo de un año.

En resumen, esas serían las tres vías principales para que un estudiante pueda modificar una estancia por estudios a una residencia legal son: la modificación establecida en el artículo 199 del reglamento de extranjería, la residencia para la búsqueda de empleo y la residencia para prácticas profesionales.

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